Estar parado es estar en libertad vigilada
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Estar parado es estar en libertad vigilada
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia reclama a un parado que devuelva 2.800 euros, percibidos por las prestaciones por desempleo, por permanecer más de 15 días fuera de España sin haberlo comunicado previamente a la Administración.
Con esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia desestima el recurso que presentó el trabajador en paro contra una sentencia de un juzgado de Cartagena, que consideró procedente la reclamación de devolución de los 2.880 euros.
Previamente, el Juzgado de lo Social de Cartagena consideró probado que este parado fue citado a la oficina de empleo el 28 de junio de 2010 para un control de presencia y se constató después que había salido al extranjero el 25 de marzo anterior.
Ante esa situación, la dirección provincial del Servicio Público de Empleo le exigió la devolución de los 2.880 euros que había percibido durante el periodo comprendido entre marzo y junio de 2010.
El desempleado recurrió la resolución ante el juez de lo Social, que desestimó su demanda y absolvió a la Administración. Ahora, la Sala de lo Social del TSJ ha confirmado la sentencia del juez de lo social y ha rechazado el recurso del trabajador
Con esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia desestima el recurso que presentó el trabajador en paro contra una sentencia de un juzgado de Cartagena, que consideró procedente la reclamación de devolución de los 2.880 euros.
Previamente, el Juzgado de lo Social de Cartagena consideró probado que este parado fue citado a la oficina de empleo el 28 de junio de 2010 para un control de presencia y se constató después que había salido al extranjero el 25 de marzo anterior.
Ante esa situación, la dirección provincial del Servicio Público de Empleo le exigió la devolución de los 2.880 euros que había percibido durante el periodo comprendido entre marzo y junio de 2010.
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marijuli- MODERADORA
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