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La manipulación de la SGAE y demás vividores a las leyes españolasCompartir

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La manipulación de la SGAE y demás vividores a las leyes españolasCompartir Empty La manipulación de la SGAE y demás vividores a las leyes españolasCompartir

Mensaje por Glam Lun Ene 11, 2010 12:43 am

La ley en España... :

A VER SI HAY ALGÚN EXPERTO CONOCEDOR DE LA LEY QUE PUEDA ACLARAR ESTOS DATOS.

1. SUPUESTO


a) PEPE se descarga una canción de Internet.

b) PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).




2. SUPUESTO


a) CARMEN se descarga una canción de Internet.

b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.

ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).




3. SUPUESTO


a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.

b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.

ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.




4. SUPUESTO


a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.

b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.




5. SUPUESTO


a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.

b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.

ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.




6. SUPUESTO


a) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.

b) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.




7. SUPUESTO


a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.

b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal




8. SUPUESTO


a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.

b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.

ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.




Hala, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis el "emule ese".

¡A ver si le damos a esto un paseo por toda la red y, por vergüenza o decencia, algún legislador pone algún remedio... aunque lo dudo
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La manipulación de la SGAE y demás vividores a las leyes españolasCompartir Empty Re: La manipulación de la SGAE y demás vividores a las leyes españolasCompartir

Mensaje por Glam Lun Ene 11, 2010 12:46 am

Atentado Cultural - La SGAE ataca de nuevo
Se pretende obligar a las bibliotecas públicas a pagar 20 céntimos por

cada libro prestado en concepto de canon para 'resarcir' a los autores.
Mientras la gente de a pie apenas llega a fin de mes, los ya
millonarios se forran a cuenta nuestra. No consientas tamaño atentado
contra la cultura y pasa este mensaje a todos tus amigos.



POR EL PLACER DE LA LECTURA:

La SGAE (Sociedad General de Autores)
ataca de nuevo.

Escrito y firmado por José Luis
Sampedro, escritor.

POR LA LECTURA

Cuando yo era un muchacho, en la España de 1931, vivía en Aranjuez un
Maestro Nacional llamado D. Justo G. Escudero Lezamit. A punto de
jubilarse, acudía a la escuela incluso los sábados por la mañana aunque
no tenía clases porque allí, en un despachito que le habían cedido,
atendía su biblioteca circulante. Era suya porque la había creado él
solo, con libros donados por amigos, instituciones y padres de alumnos.
Sus 'clientes' éramos jóvenes y adultos, hombres y mujeres a quienes
sólo cobraba cincuenta céntimos al mes por prestar a cada cual un libro
a la semana. Allí descubrí a Dickens y a Baroja, leí a Salgari y a Karl
May.

Muchos años después hice una visita a un bibliotequita de un pueblo
madrileño. No parecía haber sido muy frecuentada, pero se había hecho
cargo recientemente una joven titulada quien había ideado crear un
rincón exclusivo para los niños con un trozo de moqueta para sentarlos.
Al principio las madres acogieron la idea con simpatía porque les
servía de guardería. Tras recoger a sus hijos en el colegio los dejaban
allí un rato mientras terminaban de hacer sus compras, pero cuando
regresaban a por ellos, no era raro que los niños, intrigados por el
final, pidieran quedarse un ratito más hasta terminar el cuento que
estaban leyendo. Durante la espera, las madres curioseaban, cogían
algún libro, lo hojeaban y a veces también ellas quedaban prendadas.
Tiempo después me enteré de que la experiencia había dado sus frutos:
algunas lectoras eran mujeres que nunca habían leído antes de que una
simple moqueta en manos de una joven bibliotecaria les descubriera
otros mundos. Y aún más años después descubrí otro prodigio en un gran
hospital de Valencia. La biblioteca de atención al paciente, con la que
mitigan las largas esperas y angustias tanto de familiares como de los
propios enfermos, fue creada por iniciativa y voluntarismo de una
empleada. Con un carrito del supermercado cargado de libros donados,
paseándose por las distintas plantas, con largas peregrinaciones y
luchas con la administración intentando convencer a burócratas y
médicos no siempre abiertos a otras consideraciones, de que el
conocimiento y el placer que proporciona la lectura puede contribuir a
la curación, al cabo de los años ha logrado dotar al hospital y sus
usuarios de una biblioteca con un servicio de préstamos y unas
actividades que le han valido, además del prestigio y admiración de
cuantos hemos pasado por ahí, un premio del gremio de libreros en
reconocimiento a su labor en favor del libro.

Evoco ahora estos tres de entre los muchos ejemplos de tesón
bibliotecario, al enterarme de que resurge la amenaza del préstamo de
pago. Se pretende obligar a las bibliotecas a pagar 20 céntimos por
cada libro prestado en concepto de canon para resarcir -eso dicen- a
los autores del desgaste del préstamo.

Me quedo confuso y no entiendo nada. En la vida corriente el que paga
una suma es porque:

a) obtiene algo a cambio.

b) es objeto de una sanción.

Y yo me pregunto: ¿qué obtiene una biblioteca pública, una vez pagada
la adquisición del libro para prestarlo? ¿O es que debe ser multada por
cumplir con su misión, que es precisamente ésa, la de prestar libros y
fomentar la lectura?

Por otro lado, ¿qué se les desgasta a los autores en la
operación?.¿Acaso dejaron de cobrar por el libro?. ¿Se les leerá menos
por ser lecturas prestadas?.¿Venderán menos o les servirá de publicidad
el préstamo como cuando una fábrica regala muestras de sus productos?
Pero, sobre todo: ¿Se quiere fomentar la lectura? ¿Europa prefiere
autores más ricos pero menos leídos? No entiendo a esa Europa
mercantil. Personalmente prefiero que me lean y soy yo quien se siente
deudor con la labor bibliotecaria en la difusión de mi obra.

Sépanlo quienes, sin preguntarme, pretenden defender mis intereses de
autor cargándose a las bibliotecas. He firmado en contra de esa medida
en diferentes ocasiones y me uno nuevamente a la campaña.

¡NO AL PRÉSTAMO DE PAGO EN BIBLIOTECAS!
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