El delito fiscal tendrá una pena más dura y los delatores serán premiados
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El delito fiscal tendrá una pena más dura y los delatores serán premiados
El plazo de prescripción se amplía de 5 a 10 años en los casos más graves de fraude
El cambio legal evita que se persiga a quienes se acojan a la amnistía
Los defraudadores que denuncien a otros verán rebajada su condena
El Gobierno pretende endurecer las penas para los evasores fiscales y aquellos que defrauden a la Seguridad Social. El Consejo de Ministros aprobó este viernes un anteproyecto de ley que reforma el Código Penal para elevar a seis años (ahora está en cinco) la pena máxima de cárcel en los casos más graves de fraude: cuando este supere los 600.000 euros, proceda de una organización criminal o se utilicen paraísos fiscales. Al aumentar la pena, el plazo de prescripción en esos casos se amplía también: pasa de cinco a diez años. El objetivo es evitar que los procesos más complejos —casos de corrupción o tramas criminales— queden sin sanción.
El Gobierno escucha así una de las históricas reclamaciones de los inspectores de Hacienda, que pedían endurecer las penas, aumentar el plazo de investigación y establecer un nuevo tipo de delito más severo. Pero también agiliza los mecanismos de recaudación para delitos fiscales y allana el camino para las regularizaciones voluntarias. El Ejecutivo necesita ingresos con los que aplacar el pesado déficit público y esta fórmula sirve para generar recursos adicionales.
Hace dos años y medio el PP se opuso a una propuesta similar (aunque más dura) del Gobierno socialista para aumentar la pena por delito fiscal. Ahora, el PP ha decidido acometer la reforma.
El Ministerio de Hacienda presentó a principios de año su plan contra el fraude fiscal, con que el que pretendía recaudar cerca de 8.200 millones, cantidad que puede quedar desfasada con esta reforma legal. “El objetivo de la reforma no es tanto abrir un litigio como mejorar la recaudación”, según fuentes del Ejecutivo.
Por eso se incluyen medidas para “favorecer la regularización voluntaria del contribuyente o la recaudación”, según la nota de prensa.
Uno de los apartados de la reforma consiste en la creación de un “atenuante” (rebaja importante de la pena) cuando un contribuyente pague su deuda con el fisco antes de que transcurran dos meses desde que haya recibido la notificación judicial como imputado. Esa reducción de penas y sanciones también se aplicará a quien, habiendo cometido fraude, colabore para “la identificación o captura de otros sujetos responsables”. Es decir, a quien denuncie a otros defraudadores.
Con esta reforma, el Ejecutivo garantiza a los evasores que se acojan a la amnistía fiscal que no se les denunciará ante los juzgados. No se les perseguirá por las posibles irregularidades fiscales, contables y otras falsedades que hayan podido cometer. Se da respuesta así a una de las demandas de los asesores fiscales, que reclamaban la máxima seguridad jurídica antes de que sus clientes destapen el dinero negro para regularizarlo con la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno.
El proyecto de ley prevé una regla especial para perseguir las tramas de crimen organizado de forma inmediata. Hasta ahora debían esperar a que transcurriera el año fiscal para hacerlo. Así, los inspectores podrán denunciar desde el momento en que el fraude supere los 120.000 euros.
El texto recoge, asimismo, que Hacienda pueda continuar con el procedimiento recaudatorio en paralelo con la tramitación del proceso penal, y se faculta a los inspectores fiscales para mantener la investigación. Se pretende evitar con ello casos de desapoderamiento o de alzamientos de bienes por parte del deudor tributario. Es decir, que los venda o los ponga a nombre de un tercero.
La reforma endurece, por otro lado, el fraude contra la Seguridad Social. Se crea un nuevo tipo de delito agravado —hasta seis años de cárcel y 10 años de prescripción— para casos de empresas ficticias que simulan relaciones laborales para que los trabajadores puedan cobrar el paro, o talleres clandestinos con empleados sin registrar en la Seguridad Social. Además, se reduce, en todos los casos, la cuantía mínima a partir de la que se considera que hay delito: antes era de 120.000 euros, y pasa a 50.000.
Por último, la reforma incluye el nuevo artículo del Código Penal que hace semanas anunció el Gobierno para castigar a los responsables públicos que escondan facturas en los cajones. Se establece la pena de entre uno y diez años de inhabilitación y una multa de seis a doce meses a la autoridad que falsee “la contabilidad, documentos o información que deban reflejar la situación económica” de la entidad pública, siempre y cuando lo haga “a sabiendas” y con el objetivo de “causar un perjuicio económico” a la institución. Es un nuevo supuesto penal que algunos juristas consideran que no era necesario crear.
http://politica.elpais.com/politica/2012/05/11/actualidad/1336765399_794243.html
El cambio legal evita que se persiga a quienes se acojan a la amnistía
Los defraudadores que denuncien a otros verán rebajada su condena
El Gobierno pretende endurecer las penas para los evasores fiscales y aquellos que defrauden a la Seguridad Social. El Consejo de Ministros aprobó este viernes un anteproyecto de ley que reforma el Código Penal para elevar a seis años (ahora está en cinco) la pena máxima de cárcel en los casos más graves de fraude: cuando este supere los 600.000 euros, proceda de una organización criminal o se utilicen paraísos fiscales. Al aumentar la pena, el plazo de prescripción en esos casos se amplía también: pasa de cinco a diez años. El objetivo es evitar que los procesos más complejos —casos de corrupción o tramas criminales— queden sin sanción.
El Gobierno escucha así una de las históricas reclamaciones de los inspectores de Hacienda, que pedían endurecer las penas, aumentar el plazo de investigación y establecer un nuevo tipo de delito más severo. Pero también agiliza los mecanismos de recaudación para delitos fiscales y allana el camino para las regularizaciones voluntarias. El Ejecutivo necesita ingresos con los que aplacar el pesado déficit público y esta fórmula sirve para generar recursos adicionales.
Hace dos años y medio el PP se opuso a una propuesta similar (aunque más dura) del Gobierno socialista para aumentar la pena por delito fiscal. Ahora, el PP ha decidido acometer la reforma.
El Ministerio de Hacienda presentó a principios de año su plan contra el fraude fiscal, con que el que pretendía recaudar cerca de 8.200 millones, cantidad que puede quedar desfasada con esta reforma legal. “El objetivo de la reforma no es tanto abrir un litigio como mejorar la recaudación”, según fuentes del Ejecutivo.
Por eso se incluyen medidas para “favorecer la regularización voluntaria del contribuyente o la recaudación”, según la nota de prensa.
Uno de los apartados de la reforma consiste en la creación de un “atenuante” (rebaja importante de la pena) cuando un contribuyente pague su deuda con el fisco antes de que transcurran dos meses desde que haya recibido la notificación judicial como imputado. Esa reducción de penas y sanciones también se aplicará a quien, habiendo cometido fraude, colabore para “la identificación o captura de otros sujetos responsables”. Es decir, a quien denuncie a otros defraudadores.
Con esta reforma, el Ejecutivo garantiza a los evasores que se acojan a la amnistía fiscal que no se les denunciará ante los juzgados. No se les perseguirá por las posibles irregularidades fiscales, contables y otras falsedades que hayan podido cometer. Se da respuesta así a una de las demandas de los asesores fiscales, que reclamaban la máxima seguridad jurídica antes de que sus clientes destapen el dinero negro para regularizarlo con la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno.
El proyecto de ley prevé una regla especial para perseguir las tramas de crimen organizado de forma inmediata. Hasta ahora debían esperar a que transcurriera el año fiscal para hacerlo. Así, los inspectores podrán denunciar desde el momento en que el fraude supere los 120.000 euros.
El texto recoge, asimismo, que Hacienda pueda continuar con el procedimiento recaudatorio en paralelo con la tramitación del proceso penal, y se faculta a los inspectores fiscales para mantener la investigación. Se pretende evitar con ello casos de desapoderamiento o de alzamientos de bienes por parte del deudor tributario. Es decir, que los venda o los ponga a nombre de un tercero.
La reforma endurece, por otro lado, el fraude contra la Seguridad Social. Se crea un nuevo tipo de delito agravado —hasta seis años de cárcel y 10 años de prescripción— para casos de empresas ficticias que simulan relaciones laborales para que los trabajadores puedan cobrar el paro, o talleres clandestinos con empleados sin registrar en la Seguridad Social. Además, se reduce, en todos los casos, la cuantía mínima a partir de la que se considera que hay delito: antes era de 120.000 euros, y pasa a 50.000.
Por último, la reforma incluye el nuevo artículo del Código Penal que hace semanas anunció el Gobierno para castigar a los responsables públicos que escondan facturas en los cajones. Se establece la pena de entre uno y diez años de inhabilitación y una multa de seis a doce meses a la autoridad que falsee “la contabilidad, documentos o información que deban reflejar la situación económica” de la entidad pública, siempre y cuando lo haga “a sabiendas” y con el objetivo de “causar un perjuicio económico” a la institución. Es un nuevo supuesto penal que algunos juristas consideran que no era necesario crear.
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