El Gobierno elimina el plazo de 24 horas para enterrar a un fallecido
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El Gobierno elimina el plazo de 24 horas para enterrar a un fallecido
El proyecto de ley de servicios funerarios prevé que se pueda acudir a cualquier empresa de España
Se busca abrir el mercado para que los precios bajen
Una mujer no tendrá que esperar 24 horas para enterrar a su hermano fallecido. Podrá, además, elegir entre cualquier funeraria de España para que se ocupe de todo. Esta tendrá que entregarle un presupuesto gratuito y vinculante que desglose los gastos a afrontar. Si el fallecido tenía un seguro de decesos, que cubre los gastos y las gestiones, la compañía aseguradora tendrá que ofrecer a la familia varias funerarias para elegir. Así lo dice el proyecto de ley de servicios funerarios, aprobado el 17 de junio en el Consejo de Ministros. La normativa, que pasa ahora a las Cortes, busca abrir el mercado de las funerarias, un sector tradicionalmente muy cerrado y opaco; y garantizar que los ciudadanos puedan escoger la mejor empresa, la que les da un mejor precio y servicio.
Los servicios funerarios están liberalizados desde 1997. Ese año se permitió a las empresas privadas entrar en el sector, lo que acabó —al menos teóricamente— con el monopolio de un mercado al que no le faltan clientes (unas 380.000 personas mueren al año) y que cada ejercicio mueve mil millones de euros. Sin embargo, en la práctica, siguen existiendo trabas que obstaculizan la creación de nuevas funerarias, y que complican que las que ya hay operen en varias comunidades o municipios. Actualmente, por ejemplo, solo puede trasladar a un fallecido una funeraria autorizada en el municipio donde se le va a enterrar o desde el que llega.
Con la nueva ley, el Gobierno prevé eliminar algunas de esas cortapisas, muchas en forma de cargas administrativas que deben afrontar las empresas. El objetivo, aseguran, es que el ahorro económico —cifrado en unos 18,3 millones de euros al año para todo el sector— derivado de la reforma repercuta en el consumidor.
No solo eso, la reforma tendrá, según el Ministerio de Economía y Hacienda que ha elaborado la norma junto al de Sanidad, un impacto en la competencia y en los precios. Las facilidades lograrán que entren nuevas empresas en el sector, y también que las que ya existen den a los clientes precios más competitivos. Actualmente, los gastos básicos que supone un fallecimiento —coche fúnebre, gastos del tanatorio y una corona de flores— están entre 1.800 y 2.000 euros, según la Asociación Nacional de Servicios Funerarios Panasef. La medida del Gobierno afectará a las más de 1.600 funerarias registradas en España.
Al sector, sin embargo, le incomoda la nueva ley. “Estamos de acuerdo en que se eliminen cargas administrativas; pero no tantas. Hay que buscar un término medio”, opina Carlos Sánchez, secretario de Panasef. El proyecto de ley elimina para las empresas la exigencia de disponer un mínimo de personal, coches fúnebres o salas de velatorio para abrir un negocio. Algo que no gusta a Panasef, que sostiene que con la reforma será igual de fácil abrir una funeraria que una peluquería. “Esto puede provocar el nacimiento no ya de nuevas empresas, sino de intermediarios. Y si esto ocurre, en lugar de bajar los precios se incrementarán y bajará la calidad”, argumenta Sánchez.
Pero una de las aplicaciones más útiles del proyecto de ley, la anulación de la medida que prohibía trasladar al fallecido hasta 24 horas después de su muerte, no tiene razones económicas sino prácticas. Ese sistema provocaba que si una persona moría a las seis de la tarde no pudiera ser enterrada, en muchos casos, hasta dos días después porque el horario del traslado —seis de la tarde del día siguiente— y el del cementerio no cuadraban.
http://politica.elpais.com/politica/2011/06/27/actualidad/1309198009_496759.html
Por una libre competencia real
Trabas. La nueva ley elimina requisitos “innecesarios” para el acceso de las funerarias a la actividad. No se pedirá un número mínimo de vehículos, de personal o tener salas de velatorio.
Permisos. La autorización de acceso a la actividad —que implica decenas de tasas y trámites para las compañías— se sustituye por una “declaración responsable”, un documento en el que se acuerda cumplir los requisitos exigidos por la ley.
Estatal. Esa declaración autoriza a la empresa a operar en toda España. Eso elimina la exigencia de que el traslado del cadáver lo haga una compañía autorizada en el municipio donde se ha producido el fallecimiento o donde vaya a ser enterrado.
Información. La nueva ley fija que las funerarias deberán entregar a la familia un presupuesto “gratuito y vinculante”. Esto incluye a las aseguradoras, que tendrán que ofrecer a los interesados un catálogo de funerarias para elegir, en lugar de solo aquella con la que trabajen normalmente, como pasa ahora.
Tiempo. Hasta ahora, había que esperar 24 horas desde el fallecimiento hasta el entierro. Este plazo desaparecerá.
Se busca abrir el mercado para que los precios bajen
Una mujer no tendrá que esperar 24 horas para enterrar a su hermano fallecido. Podrá, además, elegir entre cualquier funeraria de España para que se ocupe de todo. Esta tendrá que entregarle un presupuesto gratuito y vinculante que desglose los gastos a afrontar. Si el fallecido tenía un seguro de decesos, que cubre los gastos y las gestiones, la compañía aseguradora tendrá que ofrecer a la familia varias funerarias para elegir. Así lo dice el proyecto de ley de servicios funerarios, aprobado el 17 de junio en el Consejo de Ministros. La normativa, que pasa ahora a las Cortes, busca abrir el mercado de las funerarias, un sector tradicionalmente muy cerrado y opaco; y garantizar que los ciudadanos puedan escoger la mejor empresa, la que les da un mejor precio y servicio.
Los servicios funerarios están liberalizados desde 1997. Ese año se permitió a las empresas privadas entrar en el sector, lo que acabó —al menos teóricamente— con el monopolio de un mercado al que no le faltan clientes (unas 380.000 personas mueren al año) y que cada ejercicio mueve mil millones de euros. Sin embargo, en la práctica, siguen existiendo trabas que obstaculizan la creación de nuevas funerarias, y que complican que las que ya hay operen en varias comunidades o municipios. Actualmente, por ejemplo, solo puede trasladar a un fallecido una funeraria autorizada en el municipio donde se le va a enterrar o desde el que llega.
Con la nueva ley, el Gobierno prevé eliminar algunas de esas cortapisas, muchas en forma de cargas administrativas que deben afrontar las empresas. El objetivo, aseguran, es que el ahorro económico —cifrado en unos 18,3 millones de euros al año para todo el sector— derivado de la reforma repercuta en el consumidor.
No solo eso, la reforma tendrá, según el Ministerio de Economía y Hacienda que ha elaborado la norma junto al de Sanidad, un impacto en la competencia y en los precios. Las facilidades lograrán que entren nuevas empresas en el sector, y también que las que ya existen den a los clientes precios más competitivos. Actualmente, los gastos básicos que supone un fallecimiento —coche fúnebre, gastos del tanatorio y una corona de flores— están entre 1.800 y 2.000 euros, según la Asociación Nacional de Servicios Funerarios Panasef. La medida del Gobierno afectará a las más de 1.600 funerarias registradas en España.
Al sector, sin embargo, le incomoda la nueva ley. “Estamos de acuerdo en que se eliminen cargas administrativas; pero no tantas. Hay que buscar un término medio”, opina Carlos Sánchez, secretario de Panasef. El proyecto de ley elimina para las empresas la exigencia de disponer un mínimo de personal, coches fúnebres o salas de velatorio para abrir un negocio. Algo que no gusta a Panasef, que sostiene que con la reforma será igual de fácil abrir una funeraria que una peluquería. “Esto puede provocar el nacimiento no ya de nuevas empresas, sino de intermediarios. Y si esto ocurre, en lugar de bajar los precios se incrementarán y bajará la calidad”, argumenta Sánchez.
Pero una de las aplicaciones más útiles del proyecto de ley, la anulación de la medida que prohibía trasladar al fallecido hasta 24 horas después de su muerte, no tiene razones económicas sino prácticas. Ese sistema provocaba que si una persona moría a las seis de la tarde no pudiera ser enterrada, en muchos casos, hasta dos días después porque el horario del traslado —seis de la tarde del día siguiente— y el del cementerio no cuadraban.
http://politica.elpais.com/politica/2011/06/27/actualidad/1309198009_496759.html
Por una libre competencia real
Trabas. La nueva ley elimina requisitos “innecesarios” para el acceso de las funerarias a la actividad. No se pedirá un número mínimo de vehículos, de personal o tener salas de velatorio.
Permisos. La autorización de acceso a la actividad —que implica decenas de tasas y trámites para las compañías— se sustituye por una “declaración responsable”, un documento en el que se acuerda cumplir los requisitos exigidos por la ley.
Estatal. Esa declaración autoriza a la empresa a operar en toda España. Eso elimina la exigencia de que el traslado del cadáver lo haga una compañía autorizada en el municipio donde se ha producido el fallecimiento o donde vaya a ser enterrado.
Información. La nueva ley fija que las funerarias deberán entregar a la familia un presupuesto “gratuito y vinculante”. Esto incluye a las aseguradoras, que tendrán que ofrecer a los interesados un catálogo de funerarias para elegir, en lugar de solo aquella con la que trabajen normalmente, como pasa ahora.
Tiempo. Hasta ahora, había que esperar 24 horas desde el fallecimiento hasta el entierro. Este plazo desaparecerá.
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